Procedimiento de extinción judicial por no haber presentado las cuentas de la formación política

¿Qué partidos tienen la obligación de presentar las cuentas anuales ante el Tribunal de Cuentas?

Tal como dispone el art. 3.2 o) de la LOPP, todos los partidos tienen la obligación de presentar las cuentas anuales ante el Tribunal de Cuentas dentro del plazo legalmente establecido.

 

¿Qué ocurre si el partido no presenta sus cuentas anuales ante el Tribunal de Cuentas?

El art. 12 bis de la LOPP faculta al Registro de Partidos para que solicite ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la declaración judicial de extinción del partido en el caso de que no presente su contabilidad durante 3 anualidades consecutivas o 4 alternas.

 

¿Cómo pueden los partidos presentar sus cuentas ante el Tribunal de Cuentas?

En el siguiente enlace se adjunta información para la presentación de las cuentas del partido ante el TdC: https://infoelectoral.interior.gob.es/pdf/Partidos-politicos/modelos/GuiaUsuario_V06.pdf 

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